La obligación de obtener y mantener vigente una Autorización Ambiental Integrada (AAI) depende de si las instalaciones están incluidas en el Anexo 1 de la Ley 16/2002, las cuales suelen llevar a cabo actividades industriales de alta capacidad de impacto ambiental agrupadas en los siguientes sectores principales:
- Industrias energéticas: instalaciones de combustión con potencia térmica nominal superior a 50 MW, como refinerías y coquerías.
- Producción y transformación de metales: plantas de sinterización, fundición, instalaciones de metales ferrosos y no ferrosos.
Industria mineral: fabricación de cemento, cal, vidrio y productos cerámicos. - Industria química: producción de productos químicos orgánicos e inorgánicos a escala industrial.
- Gestión de residuos: incineración, coincineración y vertederos de gran capacidad.
Así como la industria papelera y de la madera, industria ganadera intensiva y otras actividades recogidas en el mismo Anexo.
¿Quién otorga la Autorización Ambiental Integrada?
La AAI es otorgada por el órgano ambiental de la comunidad autónoma donde radica la instalación. En Galicia el organismo competente es la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Vivenda. Cabe destacar que la Administración General del Estado, a través del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO), ejerce funciones de coordinación, seguimiento y publicación del registro estatal de AAI, pero no es la entidad que las concede.



