La tarifa 6.1TD es el peaje de acceso que pagan las empresas conectadas a la red en alta tensión. Se aplica a los suministros conectados entre 1 kV y 30 kV y tiene una estructura de seis periodos que marca la factura eléctrica de todo el año.
La estableció la Circular 3/2020 de la CNMC (BOE-A-2020-1066), dentro de la reforma de peajes que entró en vigor el 1 de junio de 2021, y reparte tanto la potencia como la energía en seis periodos.
¿Quién puede contratar la tarifa 6.1TD?
El criterio de acceso es el nivel de tensión del punto de suministro. Le corresponde la 6.1TD a toda instalación conectada entre 1 kV y 30 kV, lo que la CNMC clasifica como nivel de tensión NT1.
La Circular 3/2020 eliminó el antiguo umbral que ligaba esta tarifa a potencias superiores a 450 kW, propio de la extinta 6.1A.
Con la estructura vigente no existe potencia mínima ni máxima y el reparto por niveles de tensión continúa por encima de la 6.1TD, con las tarifas 6.2TD a 6.4TD.
¿Cuáles son los periodos y horarios de la tarifa 6.1TD?
El año se divide en cuatro temporadas y cada día en seis tramos horarios, de P1 a P6. P1 concentra las horas de mayor coste y P6 las de menor. En la Península las temporadas se reparten de la siguiente manera:
| Temporada | Meses |
|---|---|
| Alta | enero, febrero, julio, diciembre |
| Media-alta | marzo, noviembre |
| Media | junio, agosto, septiembre |
| Baja | abril, mayo, octubre |
Los periodos que aparecen cada día dependen de la temporada. En día laborable, la temporada alta trabaja con P1, P2 y P6; la media-alta con P2, P3 y P6; la media con P3, P4 y P6; y la baja con P4, P5 y P6.
La franja nocturna de 0:00 a 8:00 es siempre P6, y los sábados, domingos y festivos nacionales el P6 cubre las 24 horas en cualquier temporada.
Conviene conocer muy bien dos características acerca de la contratación de potencia en la 6.1TD:
- Seis potencias independientes: se contrata un valor de potencia por periodo, ajustable a la curva de carga real de la planta en lugar de un único valor para todo el año.
- Orden creciente P1 ≤ P2 ≤ P3 ≤ P4 ≤ P5 ≤ P6: la potencia de cada periodo debe ser igual o superior a la del anterior. P6, el más barato, admite la mayor potencia contratada.

¿Cómo se estructura el precio de la tarifa 6.1TD?
La factura de un suministro en 6.1TD tiene dos capas. La primera es el peaje de acceso más los cargos: valores regulados que fija la CNMC y publica el BOE en resoluciones anuales, con seis precios de potencia y seis de energía. Esta parte es idéntica para cualquier comercializadora y no se negocia.
La segunda capa es la oferta de la comercializadora sobre la energía, la que varía entre Endesa, Iberdrola, Naturgy, Repsol o cualquier otra, y donde se elige entre precio fijo o precio indexado.
Comparar ofertas de 6.1TD significa comparar esa segunda capa y los términos de potencia contratados, porque el peaje regulado será el mismo en todas.
¿Cuáles son los peajes de la tarifa 6.1TD en 2026?
Los valores de aplicación desde el 1 de enero de 2026 están fijados por la Resolución de 18 de diciembre de 2025, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (BOE-A-2025-26348), por la que se establecen los valores de los peajes de acceso a las redes de transporte y distribución de electricidad. El peaje resulta de la suma de los componentes de transporte y de distribución.
Término de potencia del peaje de transporte y distribución (€/kW y año)
| Periodo | 6.1TD | 6.2TD | 6.3TD | 6.4TD | 3.0TD |
|---|---|---|---|---|---|
| P1 | 23,946498 | 16,786379 | 10,397365 | 6,606205 | 14,935084 |
| P2 | 12,687713 | 9,455297 | 6,258717 | 3,935625 | 7,894323 |
| P3 | 4,747747 | 2,502855 | 2,096386 | 0,987554 | 2,502996 |
| P4 | 3,339695 | 1,521894 | 1,366437 | 0,686109 | 1,907795 |
| P5 | 0,070979 | 0,059359 | 0,044362 | 0,020376 | 0,535313 |
| P6 | 0,062703 | 0,052513 | 0,038723 | 0,013971 | 0,535313 |
Término de energía del peaje de transporte y distribución (€/kWh)
| Periodo | 6.1TD | 6.2TD | 3.0TD |
|---|---|---|---|
| P1 | 0,026785 | 0,014736 | 0,027511 |
| P2 | 0,012281 | 0,007202 | 0,012376 |
| P3 | 0,005133 | 0,002542 | 0,004943 |
| P4 | 0,002780 | 0,001254 | 0,002627 |
| P5 | 0,000120 | 0,000062 | 0,000111 |
| P6 | 0,000029 | 0,000020 | 0,000031 |
Estos importes corresponden exclusivamente al peaje regulado y no constituyen el precio final del suministro. La factura incorpora además los cargos del sistema eléctrico, que se aprueban por orden ministerial independiente, el término de energía aplicado por la comercializadora y los impuestos correspondientes. La variación de peajes y cargos respecto al ejercicio anterior se detalla en el análisis de la actualización de peajes y cargos eléctricos de 2026.
¿Cómo se calcula el exceso de potencia en la tarifa 6.1TD?
Cuando la demanda supera la potencia contratada en un periodo, la comercializadora factura el exceso de ese periodo. La 6.1TD mide estos excesos a partir de los registros de la curva de consumo cuartohoraria. El maxímetro de las antiguas tarifas de alta tensión ya no interviene.
La penalización se calcula sobre la potencia demandada real, cuarto de hora a cuarto de hora, ponderada por un coeficiente propio de cada periodo. Un exceso reiterado en P1 pesa mucho más que el mismo exceso en P6, porque el coeficiente de los periodos punta es más alto.
Ajustar la potencia contratada de cada periodo a la demanda real es una de las vías para comenzar a optimizar la facturación energética de una empresa.
¿Qué diferencia a las tarifas 6.1TD, 6.2TD, 6.3TD y 6.4TD?
Los peajes de alta tensión se delimitan por el nivel de tensión del punto de suministro:
| Tarifa | Nivel de tensión |
|---|---|
| 6.1TD | Superior a 1 kV e inferior a 30 kV |
| 6.2TD | Igual o superior a 30 kV e inferior a 72,5 kV |
| 6.3TD | Igual o superior a 72,5 kV e inferior a 145 kV |
| 6.4TD | Igual o superior a 145 kV |
La estructura de seis periodos, el calendario de temporadas y los tipos de día operan de forma idéntica en las cuatro. La diferencia la tenemos en los precios: el término de potencia de P1 en 6.4TD equivale a menos de un tercio del correspondiente a 6.1TD.
La tarifa aplicable la determina la tensión de conexión del suministro y no admite elección por parte del titular. El margen de decisión se sitúa en el dimensionamiento de las seis potencias contratadas dentro de la tarifa que corresponda.
¿En qué se diferencia la tarifa 6.1TD de la 3.0TD?
Ambas son tarifas de acceso para empresas y se separan por el punto de conexión a la red. La 3.0TD corresponde a suministros en baja tensión con potencia contratada superior a 15 kW; la 6.1TD, a suministros en alta tensión de 1 kV a 30 kV.
| Concepto | 3.0TD | 6.1TD |
|---|---|---|
| Nivel de conexión | Baja tensión (>15 kW) | Alta tensión (1-30 kV) |
| Periodos de energía | 6 | 6 |
| Bloques de potencia | 6 | 6 |
| Medida de excesos | Cuartohoraria | Cuartohoraria |
La diferencia operativa está en la potencia: la 3.0TD reparte la potencia en tres bloques, mientras que la 6.1TD abre seis potencias distintas.
Preguntas frecuentes sobre la tarifa 6.1TD
¿Qué significa tarifa 6.1TD?
Es el peaje de acceso a las redes de transporte y distribución de electricidad aplicable a los suministros en alta tensión con tensión superior a 1 kV e inferior a 30 kV. Se estructura en seis periodos horarios, del P1 al P6, tanto en el término de potencia como en el de energía. Entró en vigor el 1 de junio de 2021 y sustituyó a las tarifas 3.1A y 6.1A.
¿Cuál es el peaje de acceso a la red de la tarifa 6.1TD?
Con los valores de aplicación desde el 1 de enero de 2026, fijados por la Resolución de 18 de diciembre de 2025 de la CNMC (BOE-A-2025-26348), el término de potencia oscila entre 23,946498 €/kW y año en P1 y 0,062703 €/kW y año en P6. El término de energía oscila entre 0,026785 €/kWh en P1 y 0,000029 €/kWh en P6. A estos importes se añaden los cargos del sistema eléctrico, aprobados por orden ministerial independiente.
¿Qué es la tarifa 6.2TD y en qué se diferencia de la 6.1TD?
La 6.2TD se aplica a suministros con tensión igual o superior a 30 kV e inferior a 72,5 kV. La estructura de seis periodos y el calendario de temporadas son idénticos a los de la 6.1TD. La diferencia se sitúa en los precios de los peajes, sensiblemente inferiores en 6.2TD. La tarifa aplicable la determina la tensión de conexión del suministro.
¿Cuántas veces puede modificarse la potencia contratada en la tarifa 6.1TD?
Resulta de aplicación el régimen general de modificación de potencia. La posibilidad de efectuar dos adaptaciones sin coste constituyó una medida transitoria de la Circular 3/2020, vinculada a la entrada en vigor de la nueva estructura en junio de 2021, y ya no está vigente.
¿Cómo se toman las lecturas en la tarifa 6.1TD?
La facturación se apoya en la medida cuartohoraria. El equipo registra el consumo y la potencia demandada máxima en cada intervalo de quince minutos. En los puntos de medida tipo 1, 2 y 3 la facturación de excesos se calcula sobre esos registros cuartohorarios y no sobre un máximo mensual.






